PATRIOTAS VASCONGADOS Y NAVARROS

TERRITORIO

ANTROPOLOGÍA SOCIAL Y CULTURAL

30/01/2016

Humanismo cristiano y legitimidad jurídica por vascos y navarros en la Colonización de América


La expansión del Cristianismo por el Nuevo Mundo que descubrió la Monarquía española a finales del siglo XV fue un objetivo esencial de la Iglesia, marcando la trayectoria durante siglos, y constituyó un esfuerzo incluso mayor que el colonial.

El descubrimiento, la conquista y la colonización de América engendraron un numeroso grupo de pensadores políticos y eclesiásticos, teólogos y juristas, que especularon sobre los derechos de España en el Nuevo Mundo y sobre la manera de gobernar a los hombres recién descubiertos, y de cronistas e historiadores que registraron el pasado de los pueblos indígenas y los grandes acontecimientos que en ese tiempo y como consecuencia del contacto hispano-americano estaban verificándose.

En pleno Renacimiento, el Humanismo cristiano español se cuestionó las causas de la conquista del Nuevo Mundo y sus métodos de civilización de indios.

Entre los primeros eclesiásticos misioneros y humanistas destacaron las figuras de Las Casas, Montesinos, Vitoria o Zumárraga, entre otros, denunciaron los abusos y excesos de los conquistadores ante la Corte de Carlos V en Valladolid y solicitaron leyes protectoras de Indias.

El planteamiento evangelizador del Nuevo Mundo y la cuestión de la legitimidad moral de la colonización incluyó e implicó, desde el principio, también a numerosos laicos responsables: reyes y virreyes, gobernadores y encomenderos, visitadores y protectores, soldados y caciques, etc.

MISIÓN DE JESUITAS EN EL NUEVO MUNDO

Hasta el descubrimiento de América, el derecho de conquista se basaba en tres razones:

1. el derecho romano: el descubrimiento y ocupación de un territorio y ocupación era título suficiente para ejercer un pleno dominio con total legitimidad.

2. el derecho medieval: la ausencia de personalidad jurídica de los no cristianos, era razón suficiente para convertirlos en sujetos de derechos.

3. el derecho pontificio: la suprema jurisdicción cristiana internacional, el Papa, permitía que la Santa Sede otorgara derecho de conquista a un rey o príncipe cristiano.

Cuando España llegó a América, lo hizo con todos esos títulos; por tanto, la conquista era legal.

El Papa había prescrito que los españoles quedaban obligados a la evangelización de los infieles, convirtiéndose al Cristianismo y adquiriendo derechos. Los Reyes Católicos dispusieron leyes para el buen trato y respeto a los indios, basándose en el tradicional modelo de conquista y repoblación desarrollado en tierras hispanas durante la Reconquista.

Surgía así una contradicción, entre la teoría de la conquista, que se rige por el imperativo evangelizador, y la práctica, que se aplica según los viejos principios de ocupación y dominio. Aparecieron los abusos y explotaciones de los colonizadores, y las primeras denuncias de los eclesiásticos que allí misionaban. Era una cuestión política, jurídica y moral.

Las denuncias por fray Antonio Montesinos hicieron redactar las Leyes de Burgos por Fernando el Católico en 1512, que acentúa la protección de indios.

RECOPILACIÓN DE LEYES DE LOS REINOS DE INDIAS Y MAPA DE LA AMÉRICA

El debate continúa en el modo de aplicación de las leyes proteccionistas: El dominico Bartolomé de las Casas defiende a los indios ante Carlos I. Otro gran humanista, también dominico, Juan Ginés de Sepúlveda, defiende que España tiene el derecho y el deber de evangelizar y civilizar a los indios, y elevarlos al mismo nivel de desarrollo humano.

Por último, Juan de Zumárraga, franciscano natural de Durango, llega a cuestionarse la licitud de la conversión de los indios y de la presencia española en América. Fue nombrado primer arzobispo de México y protector de indios, en 1527. Se dedicó a la defensa de los derecho humanos de los indios frente a los abusos de algunos encomenderos y realizó bautismos colectivos de indios.

A él de debe la fundación de la catedral de México, del hospital del Amor de Dios, y de la primera imprenta que hubo en esta ciudad y en toda América, con la edición de la Breve y más compendiosa doctrina cristiana en lengua mexicana y castellana. También inició gestiones para la creación de la universidad y de colegios para la formación y enseñanza de los naturales en lengua castellana. Redactó uno de los primeros documentos clave en la historia de la defensa de los derechos humanos, y tuvo un papel capital en el inicio de la castellanización de los indios.

francisco vitoria escultura estatua monumento
MONUMENTOS A JUAN DE ZUMÁRRAGA

Junto al pensamiento de Zumárraga, se encontraba Francisco de Vitoria, dominico natural de Vitoria, fue uno de los grandes pensadores de la historia de España y uno de los más influyentes de su tiempo, muy respetado por su valía intelectual, y perteneciente a la Escuela de Salamanca junto al navarro Martín de Azpilcueta.

Su obra De indis se recogen las relecciones en las que expresó su postura ante el conocimiento de diversos excesos cometidos en las tierras conquistadas en América. Para Vitoria el orden natural se basa en la circulación libre de personas, luego es justo que los españoles crucen el mar para llegar al mundo descubierto. Pero los indios no son seres inferiores, sino que poseen los mismos derechos que los demás seres humanos y son dueños de sus vidas y de sus tierras y bienes. Este fue el inicio del Derecho de Gentes.

Vitoria fue el fundador del Derecho Internacional moderno, al concebir el mundo como una comunidad de pueblos organizada políticamente y basada en el Derecho Natural de Gentes. Estas bases del derecho de gentes, es el precedente del ideal moderno de los Derechos Humanos, que arrancan en la cuestión del derecho moral de conquista del Nuevo Mundo por los españoles.

Según Vitoria, convertir a los indios a la fe es un deber de los españoles, pero sobre todo un derecho de los indios, a los que se ha de garantizar el conocimiento del evangelio. Hasta entonces, eso se hacía mediante el requerimiento: el conquistador ofrece a los indios la conversión, y si se niegan comienza la guerra. Vitoria piensa que no es el modo adecuado y plantea el Derecho de Comunicación: los indios tienen que entender lo que se les está pidiendo, y sólo si ese derecho de comunicación se garantiza tiene sentido la propagación del evangelio.

Estos son los principios en los cuales Vitoria le propuso al emperador Carlos V cuando fue consultado en las Cortes de Castilla, acerca del modo por el cual se debería realizar la colonización. Fueron desarrollados por Vitoria en ocho Justos Títulos legítimos para justificar la conquista y reinado de los españoles en América, recogidos en las leyes de conquista en el reinado de Felipe II:

1. Los mares son libres y los recursos naturales, si no tienen propietario, son comunes, de manera que es justo viajar a América, buscar metales, abrir minas, etc.; si los indios vetaran este derecho, sería justo hacerles la guerra, pero sólo si de verdad es para defender el propio derecho.

2. Los cristianos tienen el derecho de propagar la religión cristiana de la forma que disponga el Papa.

3. La protección de los naturales convertidos al cristianismo cuando sean perseguidos por sus jefes u obligados a volver a la idolatría y paganismo. En este caso, está justificado usar la violencia contra los idólatras y defender a los indios cristianos.

4. Los indios cristianos que tengan como jefes a idólatras, pueden adoptar como señor a un rey cristiano, bajo competencia del Papa.

5. Los españoles pueden intervenir en la defensa de las víctimas de gobiernos crueles y tiránicos.

6. Los españoles están obligados a intervenir cuando hay delitos contranatura.

7. Los indios tienen que ser libres para aceptar la soberanía de España, y al rey como su señor; de esta forma el dominio español es legítimo.
8. Los españoles pueden socorrer y ayudar a sus aliados indios en sus guerras contra indios enemigos.

Pero si la presencia española en América era planteada como una guerra de ocupación o como una guerra de religión, entonces sería injusta. No podía ser afirmado con certeza, pero sí traerse a discusión. La consideración de los indios con su atraso, rústicos, discapacitados... deben ser protegidos.

En este marco moral y filosófico se va a situar la conquista y en 1542, se promulgaron las Leyes Nuevas de Barcelona, que ponían a los indios bajo la protección directa de la Corona. Pero su aplicación fue difícil y las denuncias continuaron, por lo que Carlos V reunió a un comité de sabios el 13 de julio de 1549, en Valladolid. En esta asamblea en la que estuvieron presentes los mejores espíritus del Imperio, entre juristas y teólogos, se encontraba el navarro Bartolomé de Carranza. Las ideas de Vitoria fueron defendidas por De las Casas, rival de Sepúlveda en la llamada Controversia de Valladolid y en la que se debate de manera más profunda la legitimidad y moral de la colonización.

En De iure belli, Vitoria analizaba los límites del uso de la fuerza para dirimir las disputas entre pueblos. Proponía que era lícito hacer la guerra pero bajo la única causa justa de responder proporcionadamente a una injuria. Por tanto, no era lícita la guerra simplemente por diferencias de religión o para aumentar el territorio.

Estableció, en De potestate civili, las bases teóricas del derecho internacional moderno, del cual es considerado el fundador junto con Hugo Grocio. Fue uno de los primeros en proponer la idea de una comunidad de todos los pueblos fundada en el derecho natural, y no basar las relaciones internacionales simplemente en el uso de la fuerza. Mientras que Nicolás Maquiavelo consideraba al Estado como un conjunto moralmente autónomo (y que, por tanto, no podía ser juzgado según normas externas), en Vitoria surgía la idea de que las actuaciones de los países en el mundo tienen límites morales. Vitoria es calificado con razón como precursor de la idea de las Naciones Unidas.

MATRIMONIO ENTRE INDIA Y ESPAÑOL AUSPICIADO POR JESUITAS

Por primera vez en la historia, reyes y teólogos se plantearon la cuestión de los derechos fundamentales de los hombres por el hecho de ser hombres, derechos anteriores a cualquier ley positiva. Nunca antes el poder se había sometido de tal manera a la filosofía moral, preguntándose dónde acaban los derechos del conquistador y empiezan los derechos del vencido. Se establecieron instrucciones muy específicas para evitar el daño a los indios, y se cambió el modo de conquista por la pacificación.

La política religiosa misionera y evangelizadora que se realizaba en los territorios que se conquistaba consistía en establecer centros católicos en los núcleos poblacionales que los españoles iban fundando u ocupando.

El Consejo de Indias ordenaba un amejoramiento del modo de evangelización de las tierras descubiertas y la recepción de cristianos llegados de España. Se establecieron diócesis bien dotadas y ricas en los centros de poder con mayor presencia de colonizadores, mientras que en las tierras por evangelizar se crearon las llamadas diócesis de misión. Además, recordaba en 1568, que los religiosos deben guardar el debido orden y pobreza. Esto, junto con la preferencia a favor del clero regular sobre el secular, fue materia del relato de Jerónimo de Mendieta en su carta al rey Felipe II, donde planteaba los problemas religiosos y políticos que observaba en el Virreinato de la Nueva España.

Mendieta, también natural de Vitoria, era el cronista por antonomasia de las grandes construcciones de la Nueva España. Su obra Historia Eclesiástica Indiana, terminada en 1596, es una crónica de la evangelización en la Nueva España, en ella también describe la situación cultural de los pueblos que allí encontraron los españoles en su llegada al Caribe.

Aunque tardó tres siglos en salir a la luz, su contenido transcendió, ya que Mendieta había confiado el manuscrito a fray Juan de Torquemada, quien hizo una edición parcial bajo el título Monarquía indiana, en la que había suprimido los pasajes conflictivos. Su contenido es claro, tanto que la Casa Real impidió su publicación. Siglos después, en 1870, se imprimió en México por el editor Joaquín García Icazbalceta.

JERÓNIMO DE MENDIETA Y LA HISTORIA ECLESIÁSTICA INDIANA

Por un lado, Mendieta describía la evangelización como la entrega de unos hombres empeñados en abrir las puertas del Cielo a las almas de los "salvajes". Defendió la labor humanitaria de los misioneros que recorrían, sin recursos y solitarios, vastos y abstrusos territorios, llenos de peligros desconocidos, siempre en busca de convertir a los indios. Describía así una época dorada donde la fe cristiana se expandía sin la imposición de la espada. Por otro, denunciaba con valentía los excesos y abusos de los colonizadores, así como el cambio de los valores principales de la conquista, en especial la ambición de los colonizadores de hacerse rico a cualquier precio. Por eso, plantó los problemas religiosos y políticos en una carta dirigida a Felipe II.

Según explica Mendieta, la intención primera de la conquista fue la de cristianizar aquellas tierras, pero que el afán de riqueza de los nuevos colonos que llegaban consiguió una perturbación y un estorbo para lo que él consideraba la labor fundamental, el salvar las almas de los indios que no conocían la luz de Cristo. El rumbo que estaba adquiriendo la conquista y el establecimiento del régimen virreinal donde se pasaba muchas veces de enseñar al indio a explotarlo, y donde las encomiendas se convertían en sistemas de producción basados prácticamente en una forma de esclavitud, y no en focos de educación cristiana, habría que cambiarlo.

Mendieta propone la limitación de las encomiendas, y un mayor poder para los frailes en contra del poder civil que representaban los alcaldes mayores y los funcionarios de la Real Hacienda, a la vez que apostaba por un cambio en el sistema tributario hacia un régimen más austero y difícil de cumplir.

La visión que tiene Jerónimo de Mendieta de los indígenas es totalmente patriarcal. Ve al indio como un ser indefenso, lleno de valores cristianos naturales, que necesita ser protegido. La defensa del indio le trajo a Mendieta muchos problemas y enemigos. Sus cartas al rey y al Consejo de Indias, denunciando abusos y atropellos, fueron en parte la base para cambios importantes en la legislación.

Mendieta, siguiendo las doctrinas de San Francisco, hizo de la pobreza la máxima expresión el cristianismo, y enfrenta esta filosofía a la que, en ese tiempo, imperaba en la iglesia, la de la Contrarreforma, que esgrimía una capacidad material suficiente a favor de la jerarquía eclesiástica para hacer frente y contrarrestar la separación protestante. Pero a la vez, para defender ese objetivo de la defensa del pobre, del humilde, se alinea con la directriz contrarreformista que pide poder político para la Iglesia, una Iglesia que debe controlarlo todo.

JUAN DE PALAFOX Y SUS OBRAS LITERARIAS

Ya entrado el siglo XVII, destacó un teólogo y estudioso de problemas sociales y asuntos sobre los indios de Nueva España y obras de carácter polémico. Se trata del navarro natural de Fitero, Juan de Palafox y Mendoza.

Siendo nombrado fiscal del Consejo de Indias, en 1642 recibió el nombramiento de virrey de Nueva España. Su actividad en aquellas tierras fue muy importante y perdurable. Donó su gran biblioteca Palafoxiana al Seminario Archidiocesano de Puebla y emprendió una profunda reforma de las órdenes religiosas afincadas en los territorios de su jurisdicción.

Entre su obra destacan De la naturaleza y virtudes del indio (1650) e Historia real sagrada, luz de príncipes y súbditos; esta última obra discurre en torno a la formación política y cristiana de los príncipes y se opone a la obra de Maquiavelo y a la de Bodin.

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